¿Qué es el Consejo Escolar de Cantabria?
El Consejo escolar de Cantabria, como máximo órgano consultivo en materia de enseñanza No universitaria dentro del ámbito territorial de nuestra región, ejerce funciones de asesoramiento y consulta, elevando cuantos informes y propuestas consideren adecuados en su ámbito material de competencias.
Funcionamiento del Consejo Escolar de Cantabria
El Consejo Escolar de Cantabria funcionará en Pleno, en Comisión Permanente, en Comisiones Temporales y en Ponencia. El Consejo Escolar de Cantabria ajustará sus actuaciones a la siguiente normativa:
LEY 3/1999, de 24 de marzo,
de Consejos Escolares de Cantabria.
Decreto 20/2000, de 23 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Cantabria (modificado por el Decreto 67/2020).
En todo caso, el Pleno se reunirá, al menos, tres veces al año y siempre que lo solicite una tercera parte de sus miembros. Las Comisiones y las Ponencias garantizarán la representatividad de los sectores educativos.
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Representación del STEC en el Consejo Escolar de Cantabria
Actualmente, el STEC ostenta 3 de los 7 representantes del profesorado no universitario de centros públicos en el Pleno del CEC.
Como sabéis, l@s representantes del STEC en el Consejo Escolar de Cantabria rechazamos el cobro de dietas, y dedicamos ese dinero desde hace años a una campaña que promociona los principios, valores y la matriculación efectiva en la Pública.
A su vez, sucesivamente y con la misma etiqueta #VamosALaPública, nos haremos eco de las campañas de matriculación específicas de los centros públicos cántabros que han contestado a nuestra propuesta en info@cantabriastec.org.