Se informa de la publicación en el BOC del extracto de la Orden EDU/17/2025, por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al personal docente funcionario de la Comunidad Autónoma de Cantabria para actividades de formación realizadas durante el curso 2023-2024.
- Convocatoria.| Descargar
IMPORTANTE
- Las ayudas a conceder, cuyo importe global no podrá superar la cantidad de 98.500,00euros.
- La distribución de dicho importe entre las tres líneas de ayudas convocadas será la siguiente:
- a) Actividades de formación en inclusión educativa y atención a la diversidad: un máximo de 25.000,00 euros.
- b) Actividades de formación en lenguas extranjeras propias del currículo de Cantabria: un máximo de 25.000,00 euros.
- c) Otras actividades de formación: un máximo de 48.500,00 euros.
- El importe máximo a percibir por persona beneficiaria no podrá superar los 1.500,00 euros para las actividades de formación en lenguas extranjeras realizadas fuera de España y los 600,00 euros para el resto de ayudas convocadas.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y MODELOS
El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que se publique en el BOC este extracto.
Órgano tramitador:
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EQUIDAD EDUCATIVA Y ORDENACIÓN ACADÉMICA (CÓDIGO DIR3 O00006452 – A06027484).
C/ Río de la Pila 13 – 39003 Santander. Teléfono: 942 20 80 74 / 942 20 82 24
ACLARACIONES
- Las personas interesadas deberán presentar la correspondiente solicitud, en modelo normalizado, a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en la Ofcina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) Auxiliar de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades (C/ Río de la Pila, 13, Santander) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Cada persona podrá presentar una única solicitud. En el supuesto de que un docente
presentase en plazo dos o más solicitudes distintas, solo se tendrá en cuenta la presentada en
último lugar, de acuerdo con su fecha de presentación y número de registro. - Asimismo, cada solicitud incluirá como máximo una sola actividad formativa por curso escolar. En caso contrario, solo se tendrá en cuenta la actividad formativa que aparezca en primer lugar en la solicitud.
- La solicitud incluirá declaración responsable de los siguientes extremos:
a) Ser ciertos cuantos datos figuran en la solicitud y, en su caso, la documentación adjunta,
responsabilizándose de su veracidad.
b) Conocer, aceptar y comprometerse al cumplimiento de las presentes bases reguladoras
y de la convocatoria al amparo de la cual se solicita la ayuda.
c) No incurrir en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones establecidas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones
de Cantabria.