Demandas a trasladar a la Consejería respecto a la Atención a la Diversidad

En un contexto educativo marcado por la multiculturalidad, la precariedad socioeconómica, el incremento de los trastornos de salud mental y del neurodesarrollo desde STEC queremos señalar algunas decisiones de la Administración que, a nuestro modo de ver, suponen barreras que limitan la labor de las profesionales especialistas en atención a la diversidad.

Continuamos lejos de alcanzar la ratio de 1 orientadora por cada 250 estudiantes, ratio recomendada por organismos como la UNESCO. Siguen existiendo centros que escolarizan a cerca de 500 alumnos/as y que siguen siendo atendidos por una única orientadora.

Conscientes de la importancia de la estabilidad y continuidad de estas profesionales como criterio de calidad solicitamos en la negociación de plantillas del curso pasado la creación de plazas jurídicas de estos perfiles para asegurar esa estabilidad especialmente en aquellos centros educativos que acogen Unidades de Educación Especial (UEE).Nos alegramos de que en cierta medida esta demanda haya sido atendida; sin embargo, hemos insistido en esta solicitud en la última negociación dado que aún existe margen de mejora en este sentido. Decir también que, seis años después de la creación de las primeras UEE de este tipo seguimos a la espera de unas instrucciones reguladoras. 

Respecto a los criterios empleados para la asignación de horas:

  • Orientación y de atención por parte del del Profesorado de Servicios a la Comunidad (PSC) en los centros. Se nos convoca a una negociación de plantillas sin tener datos objetivos como ratios de ANEAES en los centros o criterios para la dotación de Orientadoras y PSC. Supuestamente Consejería está trabajando desde el curso pasado en la elaboración de estos criterios; desde STEC volvemos a solicitar la participación en la elaboración de estos criterios.
  • A la luz de las nuevas instrucciones sobre la organización de especialistas PT/AL vemos necesario establecer una ratio máxima de grupos en los que intervenir, dada la necesidad de establecer una muy estrecha coordinación con diferentes tutoras. Solicitamos que en la elaboración de los cupos se contemplen las horas dedicadas a la coordinación.
  • Así mismo, necesitamos establecer una dotación horaria equilibrada para la coordinación de interculturalidad, que en muchos centros es insuficiente (máximo 6 horas cuando se estipula 1 hora por cada 3 alumnos; ¿y en los centros donde se supera esta cifra?),

 

Respecto a la figura de la Técnico Socio Sanitario en centros educativos. Solicitamos un acuerdo entre las diferentes administraciones que contemple la clarificación de sus funciones en centros educativos y una adecuación de sus contratos al curso escolar (se da la circunstancia de que en febrero puede cambiar la técnica que atiende al alumnado con necesidades educativas especiales de un centro).

La necesidad de elaboración y difusión de criterios para la asignación de los Técnicos de Integración Social, así como de instrucciones para su solicitud.

Por otro lado, las instrucciones que regulan la asignación de apoyos al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo limitan su dotación en Institutos de Enseñanza Obligatoria a 1 especialista de Pedagogía Terapéutica (PT) y a 1especialista de Audición y Lenguaje (AL) para toda la ESO independientemente del número de ANEAES en el centro. Consideramos que la secundaria es una etapa obligatoria y los ANEAES tienen el mismo derecho a recibir apoyos especializados tanto en Primaria como en Secundaria; las necesidades no desaparecen con el cambio de etapa ¿Por qué no rigen los mismos criterios para la primaria que para la ESO o la FP?. Con la infradotación de recursos especializados, el alumnado escolarizado en combinada en el mismo centro no puede acudir acompañado al aula ordinaria; dejan de recibir apoyos tanto parte del alumnado ANEAE escolarizado en 3º y 4º ESO, como los escolarizados en programas de diversificación, en FP Básica y Bachillerato.

En relación a las instrucciones recientemente publicadas por las que se establecen criterios de organización de la atención educativa proporcionada por el profesorado especialista en Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje. Vemos como estas instrucciones continúan avanzando en la limitación del derecho del alumnado a recibir apoyos específicos:

  • Entendemos que desde un enfoque preventivo se interviene cuando hay desajustes entre las necesidades del alumnado y los recursos metodológicos, estrategias educativas, recursos personales o materiales del aula, independientemente de la categoría diagnóstica. Con los recursos que se tienen actualmente la realidad es que el alumnado sin etiqueta de NEE no tiene los recursos que necesita para su inclusión. Un enfoque inclusivo enfoca la intervención en la eliminación de barreras para el acceso, la participación y el aprendizaje del alumnado, por lo que también es incoherente el planteamiento de priorizar según etiqueta diagnóstica. Hay contextos educativos que requieren de más adaptaciones y contextos que requieren menos independientemente de la etiqueta.
  • Por otro lado, vemos incoherente plantear que se eviten las intervenciones individualizadas mientras que la dotación de personal y distribución de horas y sesiones se realiza de forma individualizada y según categoría diagnóstica.
  • Respecto a la coordinación entre el profesorado de orientación educativa y los docentes de PT y AL que se realizará prioritariamente en el horario complementario consideramos esta medida discriminatoria, dado que el profesorado especialista debe tener los mismos derechos que el resto del profesorado y en muchos planes y programas es fundamental su participación. Igualmente valoramos discriminatorio planificar la coordinación en los tiempos de recreo, cuando, por otro lado, algunas de las intervenciones de las especialistas se realizan en estos tiempos.
  • Al mismo tiempo, la publicación de la Resolución 10 de mayo de 2024 que concreta la categorización de ANEAES ha introducido como novedad la exigencia de diagnósticos clínicos como condición para acreditar necesidades educativas especiales (hablamos ahora del alumnado que más barreras afronta) y asignar el máximo nivel de apoyos posible. Conocedores como somos del colapso del sistema sanitario, pueden pasar largos meses hasta conseguir ese diagnóstico, perdiendo mientras tanto un tiempo valioso para la intervención especializada de máxima intensidad. Reclamamos la mejora de la coordinación entre las consejerías de Educación y Sanidad para conseguir una comunicación más fluida entre profesionales y la unificación de criterios.
  • Se priva del derecho a recibir atención específica por necesidades como: las dislalias no evolutivas a partir de 3º de Primaria, las altas capacidades que no impliquen doble excepcionalidad.

 

Continuamos insistiendo en la demanda realizada en el Comité de Seguridad y Salud de 9 de octubre de 2024: Dada la progresiva implantación de aulas de educación especial en centros ordinarios (27 en el curso 24/25), así como la existencia de centros de Educación Especial, el Aula Educativo Terapéutica y el Equipo de Atención a las Alteraciones de las Emociones y la Conducta, se considera conveniente y necesario ofrecer formación específica a los profesionales que trabajan en estos centros y estructuras relacionada con la detección, reconducción y afrontamiento de crisis de desestabilización. Así como la elaboración de un protocolo marco de actuación para los centros. Creemos que dotar de herramientas de afrontamiento a los profesionales que trabajan con alumnado susceptible de sufrir dichas crisis (que pueden llegar a traducirse en autolesiones o en agresiones al profesional) mejorará tanto la atención educativa que se ofrece como la seguridad laboral en el puesto de trabajo. (La primera ha sido atendida; la segunda…aún a la espera, “siguen trabajando en ello”, en el último comité fue un clamor generalizado).

Tampoco podemos dejar de mencionar que continúa el desvío de recursos hacia la concertada manteniendo el modelo mixto ofrecido a la escuela concertada que comenzó a funcionar hace dos cursos. Este modelo supone la intervención en un mismo centro de la figura de dos orientadoras: una concertada y otra del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP), servicio público. Si es necesario incrementar la presencia de la orientación en los centros concertados ¿por qué no incrementar las plantillas de los EOEP y facilitar que un centro sea atendido por una única orientadora con tiempo suficiente para desarrollar todas sus funciones?

Durante los últimos cursos la atención a la diversidad en Cantabria está sufriendo profundos cambios, en aras de un nuevo modelo de orientación; desde el STEC queremos reclamar una vez más la participación democrática de las legítimas representantes de estas profesionales en esta toma de decisiones. Se nos imponen medidas que coartan nuestro criterio profesional.

Al mismo tiempo, queremos denunciar cómo se está privando a una parte del alumnado de la posibilidad de recibir el apoyo que necesita.

En Santander, a 3 de febrero de 2026

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