Huelgas docentes 8-9 septiembre | Servicios mínimos tras sentencia TSJC

La Consejería ha comunicado a los centros la siguiente información:

De conformidad con el Auto 114/2025, de 5 de septiembre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de  Cantabria en el que se acuerda, respecto del Decreto 59/2025, de 4 de septiembre, en el que fijan los servicios mínimos de la huelga convocada para los días 8 y 9 de septiembre: «la suspensión cautelar de la ejecutividad del Decreto 59/2025, de 4 de septiembre solo en la parte en que incluye a los tutores entre los
servicios mínimos» se comunica que los servicios mínimos de la citada huelga a la vista del Auto judicial serán:

NÚMERO DE ALUMNOS/AS 

SERVICIOS MÍNIMOS

0-300                                             

EQUIPO DIRECTIVO 

300-400                                        

EQUIPO DIRECTIVO + 1 DOCENTE

400-500                                        

EQUIPO DIRECTIVO + 2 DOCENTES

500-600                                        

EQUIPO DIRECTIVO + 3 DOCENTES

600-700                                        

EQUIPO DIRECTIVO + 4 DOCENTES

700-800                                        

EQUIPO DIRECTIVO + 5 DOCENTES

Sin perjuicio de la presente modificación de los servicios mínimos se mantienen igual el resto de condiciones y cumplimientos (determinación de suplencias, grabación y recogida de datos….) determinados en las Instrucciones y Manuales ya enviados a los centros.

 

Nota: por lo que la Consejería ha definido en la mesa de negociación de esta mañana, respecto al personal de orientación:

  • el que trabaja en colegios, convocados a la huelga de los días 7/8.
  • el que trabaja en institutos, junto a PT/AL de institutos los días 11/12.

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