Formación docente

El STEC defiende que la formación la debería de proporcionar exclusivamente la Administración, debiendo ser 

Por ello, nos oponemos a la actual mercantilización de las actividades de formación, que supone una forma de lucro del que no queremos participar.

Reconocimiento y Registro de Actividades de Formación del Profesorado

Orden EDU/41/2009

de 28 de abril, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de actividades de formación permanente del profesorado (BOC de 12 de mayo).

−  Referencias posteriores:

  • Orden EDU/63/2009, de 25 de junio.
  • Orden ECD/11/2015, de 15 de enero.
  • Orden ECD/2/2019, de 8 de enero.

 

 

  • El profesorado de la Comunidad Autónoma de Cantabria podrá presentar, en cualquier momento, una solicitud de reconocimiento y registro de actividades, a la que deberá adjuntar la documentación acreditativa de la actividad realizada (fotocopia compulsada de la certificación y cualquier otra documentación que se estime pertinente). Las certificaciones en lengua extranjera deberán ir acompañadas de traducción.
  • De acuerdo con la normativa, no se registran actividades anteriores a octubre de 1992.
  • Las siguientes actividades son registradas de oficio por la Consejería de Educación, por lo que no es necesario solicitar su reconocimiento y registro a la Comisión: 
    • Actividades certificadas por los Centros de Profesorado de Cantabria o por la propia Consejería
    • Cursos de entidades con convenios de formación reconocidos por la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo mediante diligencia.
    • Tutorización de profesorado funcionario en prácticas.
    • Tutorización de auxiliares de conversación.
    • Tutorización de alumnado de Magisterio, Psicopedagogía y Máster de Formación de Profesorado de Secundaria.
    • Docencia en programas de educación bilingüe.
  • La Comisión se reunirá, al menos, una vez por trimestre, publicando sus resoluciones en la sección Resoluciones Comisión de Actividades de Educantabria. 
  • La inscripción en el Registro surte efectos inmediatos para la asignación del complemento de formación permanente (sexenios).  Sin embargo, la inscripción de una actividad en el registro no supone automáticamente su validez para los Concursos de Oposición, de Traslados u otros, que se rigen por su propio baremo de méritos y tienen la correspondiente Comisión de Baremación.
Portfolio de formación

Puede consultarse el registro de formación desde PUNTAL