Complemento para la reducción de la brecha de género
Requisitos
- Se exige una edad inferior en 4 años a la edad ordinaria de jubilación (Ley 27/2011 de 1 de agosto).
- Estar inscritos como demandantes de empleo, durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la jubilación.
- Que acrediten un período mínimo de cotización efectiva de 33 años.
- Debe aportarse el documento que acredite que su contrato de trabajo se extinguió por causas ajenas a su voluntad, si va a jubilarse con más de 60 años y menos de 65 (sólo si no está cobrando el desempleo) en caso de jubilación anticipada involuntaria.
- Conlleva penalización:
- 1,875 % Menos de 38 años y 6 meses
- 1,750 % Igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses
- 1,625 % Igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses
- 1,500 % Igual o superior a 44 años y 6 meses
Condiciones generales para que el hombre pueda acceder a este complemento
- Recibir una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por tener hijos/as en común, siempre que al menos uno de los hijos/as tenga derecho a percibir una pensión de viudedad.
- Recibir una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente y haberse visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento del hijo/a, de acuerdo con las siguientes reglas y fechas:
- Descendientes nacidos o adoptados antes del 31 de diciembre de 1994: tener más de 120 días sin cotización entre los 9 meses anteriores al nacimiento y los 3 años siguientes.
- Descendientes nacidos desde el 1 de enero de 1995: que la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al nacimiento o adopción sea inferior, en más de un 15%, a la de los 24 meses inmediatamente anteriores, siempre que la cuantía de las sumas de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.
- Si los dos progenitores son hombres y se dan las condiciones anteriores en los dos, se reconocerá a aquel padre que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.
Dónde se solicita este complemento
- Presentar el formulario para la solicitud del complemento para la reducción de la brecha de género (Anexo VI) junto a la solicitud de la pensión.
- Además, hay que presentar el certificado de cada hijo/a.