- Lo pueden solicitar los funcionarios cuyo cónyuge resida en otro municipio por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo definitivo como funcionario de carrera o como personal laboral fijo en cualquier Administración.
 - Hay que pedir mínimo 2 años y un máximo de 15 años.
 - No se exige un período mínimo de prestación de servicios.
 - Se pierde el destino definitivo.
 - Este tiempo no se computa a efectos de trienios y sexenios.
 - No computa a efectos de derechos pasivos o de otro régimen de la Seguridad Social.
 - La forma de reingresar en el cuerpo docente es, con carácter general, el Concurso de traslados, por lo tanto, con efectos del 1 de septiembre. El reingreso con el curso ya empezado está condicionado a la existencia de vacante adecuada. No se suele conceder el reingreso a mitad de curso.
 
Concesión del permiso
La Administración Educativa.
Retribuciones
Sin retribución
Solicitud
						Mediante modelo RH05, enviándolo por correo electrónico a las siguientes direcciones:
Funcionarios/as de carrera y en prácticas: 
- Cuerpo de Maestras/os: soportepermisosprimaria@educantabria.es
 - Resto de cuerpos: soportepermisossecunadaria@educantabria.es
 
Plazo
Documentación
Interinos
No pueden solicitarla.