Excedencia voluntaria por interés personal

  • Se requiere haber trabajado para la Administración (no solo Educativa) los 5 años inmediatamente anteriores, siendo válidas las interinidades anteriores al nombramiento como funcionario de carrera.
  • Hay que pedir mínimo 2 años. No hay tiempo máximo.
  • Se pierde el destino definitivo.
  • Este tiempo no se computa a efectos de trienios y sexenios.
  • Tampoco computa a efectos de derechos de clases pasivas o de otro régimen de la Seguridad Social a efectos de la pensión.
  • La forma de reingresar en el cuerpo docente es, con carácter general, el Concurso de traslados, por lo tanto, con efectos del 1 de septiembre. El reingreso con el curso ya empezado está condicionado a la existencia de vacante adecuada. No se suele conceder el reingreso a mitad de curso.
Concesión del permiso

La Administración Educativa.

Retribuciones

Sin retribución

Solicitud

Mediante modelo RH05, enviándolo por correo electrónico a las siguientes direcciones:
Funcionarios/as de carrera y en prácticas: 

  1. Cuerpo de Maestras/os: soportepermisosprimaria@educantabria.es
  2.  
  3. Resto de cuerpos: soportepermisossecunadaria@educantabria.es
  4.  

Plazo
Documentación
Interinos

No pueden solicitarla.