Excedencia por cuidado de hijos/as menores de 3 años y familiares dependientes hasta 2º grado que no desempeñe actividad retribuida.

  • Duración no superior a 3 años.
  • No hay tiempo mínimo, se puede pedir desde 1 mes hasta 3 años, o hasta que el hijo 
  • Si la lactancia termina durante el curso, la funcionaria puede pedir excedencia hasta el 30 de junio y cobrará julio y agosto. Pero no podrá volver a solicitarla más veces por el mismo hijo.
  • El inicio de la excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años comienza una vez finalizado el permiso de maternidad y la lactancia.
  • El período de excedencia es único por cada sujeto causante
  • Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo período de excedencia, el inicio del mismo dará fin al que se viniera disfrutando. El nacimiento de otro hijo/a dará lugar al comienzo de un nuevo período de excedencia que puede durar hasta que el nuevo hijo/a tenga 3 años.
  • A los 2 años de estar en situación de excedencia se pierde el destino, pero se reserva un puesto en la misma localidad.
  • El tiempo de excedencia sí computa a efectos de trienios y derechos en el régimen de la Seguridad Social.
  • También se pueden realizar cursos de formación.
  • No se puede pedir excedencia por cuidado de hijo/a menor en una administración y trabajar en otra durante ese periodo ya que es una situación en la que se cotiza y computa para trienios y no se puede hacer en dos puestos a la vez.
  • El funcionario/a puede renunciar a la excedencia concedida y solicitar la reincorporación antes de que termine el período solicitado.

Se puede concursar desde la situación de excedencia por cuidado de hijo menor siempre dentro de los tres años en los que hay reserva de puesto y computa la antigüedad.

Concesión del permiso

La Administración Educativa.

Retribuciones

Sin retribución

Solicitud

Mediante modelo RH05, enviándolo por correo electrónico a las siguientes direcciones:
Funcionarios/as de carrera y en prácticas: 

  1. Cuerpo de Maestras/os: soportepermisosprimaria@educantabria.es
  2.  
  3. Resto de cuerpos: soportepermisossecunadaria@educantabria.es
  4.  
Funcionarios/as interinos/as:
  1. Cuerpo de Maestras/os: soporteintprimaria@educantabria.es
  2.  
  3. Resto de cuerpos: soporteintsecundaria@educantabria.es
  4.  

Plazo

Al menos con 15 días de antelación.

Documentación

Libro de familia.

Interinos

Tienen derecho a solicitar excedencia por cuidado de niño/a menor de 3 años, pero no para el cuidado de familiar.
La condición para disfrutar de esta excedencia es haber trabajado con vacante durante 5 años consecutivos.
Las interinas con derecho a vacante también pueden renunciar al inicio de curso, mediante escrito dirigido a la Consejería, a trabajar durante ese curso completo, si se encuentran en situación de licencia por maternidad o cuidado de niño/a menor de 3 años.