Permiso parcialmente retribuido (año sabático)

Información del permiso

  • Es para los funcionarios/as de carrera de Cantabria con 15 años de antigüedad en la administración educativa (cuentan los años de interino/a en cualquier comunidad) y no haber cumplido la edad que establezcan las convocatorias.
  • Se conserva el destino definitivo y se computará a efectos de antigüedad y derechos pasivos.
  • Durante 5 cursos consecutivos, el docente que solicite este permiso percibirá el 80% de las retribuciones. En el 5º curso se disfrutará de un permiso de duración coincidente con el curso escolar.
  • Se convoca anualmente:
  1.  Se convocarán al menos 25 permisos por cada curso escolar.
  2. Si hay más participantes que plazas convocadas, se aplicará la siguiente orden de prelación: 
    •     mayor antigüedad en el cuerpo*. 
    •     mayor edad del interesado*. 
    •     mayor número de años de servicios desempeñados en la docencia directa*. 
Concesión del permiso

La Administración Educativa.

Solicitud

Cumplimentar el formulario electrónico en Educantabria

Plazo

10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de orden en el BOC.