Información del permiso
- Los funcionarios/as que tengan hijos o hijas con discapacitación psíquica, física o sensorial, tendrán dos horas de flexibilidad horaria diaria a fin de conciliar los horarios de los centros de educación especial donde el hijo o hija discapacitado reciba atención, con los horarios de los propios puestos de trabajo, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.
- A efectos de hacer compatible el disfrute de este derecho con las exigencias organizativas derivadas del derecho a la educación de los alumnos y alumnas, el citado permiso deberá solicitarse el primer día hábil del mes de septiembre de cada curso escolar, y su concesión se hará coincidir con el mismo.
Concesión del permiso
Dirección del centro o Administración educativa.
Solicitud
Mediante Yedra (motivo 2.16), el primer día hábil de septiembre.
Retribuciones
100%
Documentación
Interinos
Sí pueden disfrutarlo interinas en vacante. Las que estén haciendo sustituciones, dependerá de la duración de su nombramiento.