Información del permiso
- 15 días naturales consecutivos, donde deberá estar incluido el día de la Boda o del Registro.
- Si el periodo solicitado coincide con periodos no lectivos o festivos no se recuperan.
- Lo que sí puedes hacer es adelantar o retrasar su disfrute, incluyendo siempre el día de la Boda dentro de la quincena solicitada.
- Podrá acumularse al periodo vacacional o a otros permisos.
- Si te casas 2 veces (civil y religiosa) sólo podrás disfrutar los 15 días una vez.
- Si te registras como pareja de hecho y disfrutas del permiso y después te casas, no lo puedes volver a disfrutar.
- Si el matrimonio o registro se celebra en el extranjero, el permiso comenzará a computarse a partir del día que se inscriben en el Registro Civil.
Concesión del permiso
Administración educativa.
Solicitud
Modelo RH02 tan pronto se sepa la fecha del permiso, enviándolo por correo electrónico a las siguientes direcciones:
Funcionarios/as de carrera y en prácticas:
- Cuerpo de Maestras/os: soportepermisosprimaria@educantabria.es
- Resto de cuerpos: soportepermisossecunadaria@educantabria.es
- Cuerpo de Maestras/os: soporteintprimaria@educantabria.es
- Resto de cuerpos: soporteintsecundaria@educantabria.es
Permisos
10 días hábiles al finalizar este permiso.
Retribuciones
100%
Documentación
Libro de familia, certificado de Inscripción (Registro Civil) o registro oficial (uniones de hecho).
Interinos
Todas los interinas pueden disfrutar de este permiso. Las que tienen vacante parcial también dispondrán de 15 días.