Ayer por la tarde, varios medios de comunicación anunciaban un acuerdo al que habían llegado el PSOE, UP, ERC y PNV para unificar todas sus enmiendas al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público que ahora se debate en el Congreso de los Diputados. Sintetizando las diversas informaciones periodísticas, el acuerdo sería el siguiente:
➕ El personal interino con antigüedad de cinco o más años, contados desde el 1 de enero de 2016, podrá acceder a la función pública docente adquiriendo la condición de funcionario/a de carrera mediante un concurso de méritos (aplicación del artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público). Se trata de un proceso extraordinario y excepcional que se hará por una sola vez.
➕ El personal interino que cuente entre tres y cinco años podrá acceder mediante un concurso-oposición en el que las distintas pruebas de la fase de oposición no serán eliminatorias.
➕ Las distintas administraciones deberán adaptar esta legislación a su específica situación y normativa.
Esta información hay que tomarla con TODAS LAS CAUTELAS por los siguientes motivos:
1️⃣ Desconocemos todavía el texto (si lo hay) del acuerdo al que han llegado estos cuatro grupos parlamentarios.
2️⃣ Habrá que conocer posteriormente el texto exacto de las enmiendas que presenten en el Parlamento.
3️⃣ Los cuatro grupos parlamentarios no tienen mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados (suman 174 diputados/as), por lo que requerirán el apoyo de al menos otro grupo, y es imposible de prever si el concurso de un quinto grupo supondrá algún cambio vía enmiendas.
4️⃣ Son muchas las dudas que quedan al STEC en el sector específico de Educación, con personas interinas que encadenan contratos anuales, mensuales, con interrupciones, en diferentes plazas, en vacantes y en sustituciones, a veces en diferentes especialidades, en diferentes cuerpos docentes… De ahí que ya esté previsto la adaptación de esta ley a las diferentes administraciones, en nuestro caso a la educativa.