Resumen Mesa Sectorial 27/06/25 | Elaboración de listas de Docente y Laboral Experto

ORDEN DEL DÍA

  1. Aprobación del acta anterior (Nº 146 del 13 de marzo del 2025).

  2. Integración de los profesores especialistas en las listas de interinos para ser nombrado profesor docente experto y/o listas de aspirantes para ser contratado como personal laboral experto en el sector productivo correspondiente.

  3. Ruegos y preguntas.

ASISTENTES

  • Por parte de la Consejería: D.G. de Personal Docente (A.Hontañon) y D.G. de FP (Cristina Montes)
  • Por la parte sindical: STEC, ANPE, CCOO, UGT y TU.

1. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR (Nº146)

Se aprueba con las consideraciones realizadas en la mesa. 

2.  INTEGRACIÓN DE LOS PROFESORES ESPECIALISTAS EN LAS LISTAS DE INTERINOS PARA SER NOMBRADO PROFESOR DOCENTE EXPERTO Y/O LISTAS DE ASPIRANTES PARA SER CONTRATADO COMO PERSONAL LABORAL EXPERTO EN EL SECTOR PRODUCTIVO CORRESPONDIENTE

La Consejería expone la propuesta de añadir una Disposición Adicional Segunda en la orden que regula el empleo interino (Orden ECD/84/2017) que pretende la integración de los antiguos profesores especialistas en unas nuevas listas de interinidad para ser nombrados profesor docente experto (empleo prioritario) y/o para ser contratado como personal laboral experto.

  1. Se eliminan las listas de PROFESORES ESPECIALISTAS (Grupo A1 y A2), por requisito normativo:

111-PREVENCIÓN DE RIESGOS (GRUPO A1)

114- MANTENIMIENTO AERONÁUTICO (GRUPO A1)

112-LENGUAJE DE SIGNOS (GRUPO A2)

113-MANTENIMIENTO AERONÁUTICO (GRUPO A2)

114-ACTIVIDADES ECUESTRES (GRUPO A2)

  1. Se crean 5 nuevas listas a partir de los aspirantes de las listas antecesoras:

0008-(A2) 204. LABORAL EXPERTO AERONÁUTICO

0590-308-BIOLOGÍA ACTIVIDADES ECUESTRES (DOCENTE EXPERTO)

0590-0590-311 OMV-ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS (DOCENTE EXPERTO)

0590-312 OFM-ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS DE FABRICACIÓN MECÁNICA (DOCENTE EXPERTO)

0590-425-SC-SERVICIOS A LA COMUNIDAD CON LENGUAJE DE SIGNOS (DOCENTE EXPERTO)

0598-204 – DOCENTE EXPERTO MMM-MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS (DOCENTE EXPERTO)

  1. Las nuevas listas de DOCENTE EXPERTO se reordenan según los artículos 13 y 23 de la orden de interinos (Orden ECD/84/2017) y los requisitos para poder formar parte serán los generales de acceso a la Función pública (Titulación universitaria y formación pedagógica).
  2. Las nuevas listas de LABORAL EXPERTO se reordenarán a partir del último nombrado (al ser contratos laborales no procede hablar de vacantes).

Desde el STEC, consideramos que en un tema tan sensible como este se debe trabajar primero en Mesas Técnicas y solo cuando se tenga un acuerdo sobre la forma de aplicación, llevarlo a Mesa Sectorial. La reunión en la que se habló en líneas generales de este tema es de hace más de un año y no se concretó con detalle cómo llevarlo a cabo.

Si bien es cierto que el planteamiento nos parece correcto (perfilas las listas de expertos en vez de perfilar las vacantes), consideramos que el ingreso a estas listas debe garantizar varios aspectos:

  • Evidentemente, los integrantes de las listas que vienen ejerciendo su labor como profesor especialista han acumulado una experiencia y buen hacer que hay que preservar en esta nueva situación.
  • No estamos de acuerdo con que el acceso a estas nuevas listas solo pueda ser cuando haya necesidades de servicio y empleando la vía injusta de los ofrecimientos. Se debiera plantear un proceso excepcional de ingreso donde se valore a los candidatos con un baremo completo (primando la experiencia en la impartición de los módulos/asignaturas específicas que motivan cada una de las listas).

Tras un receso solicitado por la administración, se acuerda que:

  • transitoriamente para el curso 2025/26 y debido a la imposibilidad de la Consejería de llevar a cabo ningún proceso por las fechas de fin de curso en las que estamos, estas listas se formen con los mismos aspirantes que formaban las listas de profesores especialistas hasta ahora.
  • durante el curso 2026/27 se elaborará un proceso de ingreso en las mismas, donde cualquier aspirante que cumpla con los requisitos generales y específicos de cada lista de docente experto pueda ser baremado con todos los méritos para acceder a la misma, cumpliendo con los principios de igualdad, mérito y capacidad (se recogerá como punto sexto en la propuesta enviada), con una vigencia máxima de 3 años.

3. RUEGOS Y PREGUNTAS

  • Preguntada la Consejería por la vigencia del criterio de poder alegar la nota de las anteriores oposiciones a la hora de confeccionar el baremo para interinidades al participar en los procesos selectivos, nos responden que la aplicación temporal de la «Disposición Transitoria Primera. Nota de oposición» de la orden de interinos finaliza este año, pero que están abiertos a negociar la continuidad de este aspecto para las futuras oposiciones mediante su inclusión en cada una de las convocatorias.

Desde el STEC advertimos a la Consejería que el mantenimiento de la nota fue parte de un acuerdo (que supuso un gran trabajo y muchas discusiones) entre las organizaciones sindicales y la administración que ha venido aplicándose de manera pacífica durante más de 20 años (la costumbre es una fuente del derecho) y que su no mantenimiento produciría un incumplimiento del mismo con graves consecuencias.

De hecho, consideramos que para evitar futuros malentendidos se debería introducir una actualización en la Orden que regula la provisión de empleo docente interino con vocación de mantenerse en el tiempo. Es decir, dejar por escrito en la Orden que regula el empleo interino, que en el baremo para la confección de listas de interinidad se pueda mantener la nota de dos procesos anteriores.

  • Hemos exigido al D.G. de Personal Docente que se modifiquen los criterios de Cupos en lo relativo a las horas que determinan una vacante completa o una de 2/3.

Es obvio que tras la modificación de las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los IES y CEIP, las horas lectivas máximas pasaron de 21 a 20. Por tanto, las horas lectivas de las jornadas parciales pasan a ser 13,33h (2/3) y 10 (1/2). No obstante, la Consejería sigue manteniendo el criterio de que para considerar una jornada completa han de acumularse más de 14h lectivas, cuando 14h ya no podríam cubrirse con una jornada a 2/3.

Debido a la gran afectación que este aspecto tiene en la elaboración de los cupos, exigimos a la Consejería que corrija el criterio y lo notifique a todos los centros.

  • También hemos reclamado al D.G. de Personal Docente que se recupere la compensación de horario lectivo que estaba vigente hasta la entrada en vigor de la EDU/8/2022. Hay enseñanzas, como los CEPAs, que no tienen ninguna compensación a la hora de cerrar a 20 horas lectivas en vez de las 18h de referencia, ya que la norma actual solo contempla una reducción del número máximo de guardias a realizar, que en este marco no aplica.

  • Continuamos reclamando una solución a las desigualdades entre la EOI de Santander y las de Laredo y Torrelavega, respecto a la sobrecarga que supone la preparación y elaboración de la pruebas de certificación. La solución es de muy bajo coste y muy sencilla de aplicar en cupos. 

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