ORDEN DEL DÍA
Acuerdo para la distribución durante los años 2025 y 2026 de la convocatoria de los distintos procesos selectivos de ingreso a la función pública docente no universitaria que ejecuten los diferentes decretos de oferta de empleo público correspondientes a la tasa de reposición de los cuerpos docentes.
Plantilla orgánica 2025-2026.
Calendario escolar 2025-2026.
Ruegos y preguntas.
ASISTENTES
- Por parte de la Consejería: Consejero (S.Silva), D.G. de Personal de Centros (R.Mantilla) y D.G. de Personal Docente (A.Hontañon).
- Por la parte sindical: STEC, ANPE, CCOO y UGT.
1. ACUERDO PARA LA DISTRIBUCIÓN DURANTE LOS AÑOS 2025 Y 2026 DE LA CONVOCATORIA DE LOS DISTINTOS PROCESOS SELECTIVOS DE INGRESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE NO UNIVERSITARIA QUE EJECUTEN LOS DIFERENTES DECRETOS DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO CORRESPONDIENTES A LA TASA DE REPOSICIÓN DE LOS CUERPOS DOCENTES
Se firma el acuerdo (adjunto al final de la noticia) por parte de todas las OOSS con representación en la Mesa Sectorial, destacando desde STEC la sensibilidad mostrada (en esta ocasión sí) por la Consejería con el colectivo interino de Cantabria; siendo conscientes de que esta opción, sin ser la mejor, suponía el mal menor y nos permite volver a acompasarnos con el resto de CCAA en la convocatoria de futuros procesos selectivos.
2. PLANTILLA ORGÁNICA 2025-2026
Ante la propuesta definitiva presentada por la Consejería respecto a la plantilla orgánica del próximo curso (se adjunta al final de la noticia) STEC no ha podido suscribir la misma por diversas razones, entre ellas:
- Porque no se han negociado atendiendo a unas plantillas tipo que contemple las necesidades educativas del alumnado, más allá del número de matrículas (reivindicación histórica de STEC) que permitan una toma de decisiones más equitativa y objetivable.
- Porque, lejos de consolidar plazas y dar continuidad al personal docente, vemos cómo se suprimen plazas en unitarias y CRAs.
- Porque no ha contemplado, en ningún caso, nuestra solicitud de consolidación de las plazas de PT en centros ordinarios con aulas específicas que vienen funcionando desde hace más de tres cursos (criterio utilizado por la propia administración para la consolidación de plazas).
Resulta chocante este tipo de decisiones cuando dentro de la negociación de la adecuación salarial nuestro consejero pretende introducir un complemento destinado a dar estabilidad en el trabajo de los centros rurales y de educación especial.
- Porque en la aplicación del criterio de ratios no da continuidad al último acuerdo alcanzado de reducir a 20 alumnos la ratio en 1º y 2º de Educación Primaria; pasando a contemplar un máximo de 25 en 3º de Primaria para el próximo curso.
- Porque estos criterios no se aplican de la misma forma en la concertada, suponiendo esto un agravio comparativo para la pública.
Por otro lado, ante el anuncio por parte de Consejería del cierre del CEIP Pedregal con la consiguiente supresión de plazas y la redistribución del alumnado en otros centros, STEC no ha podido más que manifestar su rechazo a esta medida, ya que consideramos a este centro y su proyecto educativo como patrimonio de la educación pública, por cuya continuidad la Consejería debiera tomar una actitud activa, en lugar de «abstenerse».
3. CALENDARIO ESCOLAR 2025-2026.
El Consejero vuelve a quedarse solo, esta vez con su nueva propuesta de calendario que nos presenta hoy, a pesar de que:
- la propuesta ha suscitado el rechazo unánime de los diferentes integrantes del Consejo Escolar de Cantabria.
- la Junta de Personal Docente había presentado una propuesta mucho más equilibrada que no se ha tenido en cuenta.
- la insistencia por parte de todas las OOSS para continuar con el debate y la negociación.
el consejero Sergio Silva ha decidido, unilateralmente, aprobar el calendario escolar del próximo curso (adjunto al final de la noticia) consciente del rechazo que genera y generará esta distribución que atenta contra los principios pedagógicos que se encuentran en la base del calendario bimestral.
Hasta ahora, el calendario pedagógico de Cantabria se basa en la distribución racional y equitativa de periodos lectivos y descansos a lo largo del curso. Con la decisión unilateral de la Consejería, queda (caso de colegios) un primer periodo de 34 días, un segundo de 36, otro de 27, otro de 25… y uno último de ¡¡53 días!! que siquiera se puede considerar ya «bimestral». De facto, se están cargando el calendario pedagógico.
4. RUEGOS Y PREGUNTAS
- Solicitamos que, al igual que los vocales que actúan en tribunales de oposición son dispensados de participar en la convocatoria siguiente, se aplique el mismo criterio a aquellas personas que ejerzan la presidencia de dichos tribunales.
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