Resumen Mesa Sectorial 26/03/25 | Borrador de convocatoria de oposiciones Enseñanzas Medias 25-26

ORDEN DEL DÍA

  1. Borrador de la orden que establece las bases y convoca procedimientos selectivos para el ingreso y acceso a cuerpos docentes.

ASISTENTES

  • Por parte de la Consejería: D.G. de Personal Docente (A.Hontañon).
  • Por la parte sindical: STEC, ANPE, CCOO, UGT y TU.

1. BORRADOR DE LA ORDEN QUE ESTABLECE LAS BASES Y CONVOCA PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS PARA EL INGRESO Y ACCESO A CUERPOS DOCENTES

En la mañana de hoy hemos sido convocados para revisar el borrador de la convocatoria de oposiciones de Enseñanzas Medias previstas para el 2025 (convocatoria, inscripción y acto de presentación) y 2026( realización de las pruebas). Os resumimos los aspectos más relevantes de la reunión:

  • NÚMERO DE PLAZAS: finalmente serán 87, debido a que por un error no se habían incluido 2 plazas que si deben salir a oposición, en concreto son 1 plaza más de dibujo (total 3) y otra plaza más de Operaciones y equipos de producción agraria (total 3).
  • PLAZO DE SOLICITUDES: 3 al 24 de abril.
  • REQUISITOS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE SECUNDARIA: la convocatoria trae una novedad introducida por la Consejería y sin haberla comunicado previamente a la Junta de Personal Docente y que consiste en exigir un requisito específico adicional a la especialidad 109 Navegación e Instalaciones Marinas.

Respecto a tal requisito, desde el STEC hemos expuesto que no existe base normativa para limitar el acceso al proceso selectivo al resto de titulaciones e introduce un importante agravio comparativo con la limitación y se establece precedente para cualquier otra especialidad.

Además nos preocupa que, habiéndose acordado (no sin esfuerzo) la temporalización y características de esta oposición con la Junta de Personal Docente en pro de una garantía jurídica necesaria y deseable, ahora la convocatoria se vea comprometida por posibles impugnaciones que consideren esta limitación como contraria a la normativa vigente que regula los procedimientos selectivos para el ingreso y acceso a cuerpos docentes (RD276/2007).

No hay ninguna otra CCAA que haya regulado en esta línea, ni el propio Ministerio lo ha hecho para el Territorio MEC en el que es competente, ni el centro de referencia nacional de esta familia profesional ha introducido ninguna consideración al respecto.

Por todo ello y para garantizar la seguridad jurídica de la convocatoria, desde el STEC hemos solicitado la retirada de tal requisito específico. Lamentablemente, la Consejería de Educación ha rechazado tal solicitud y decide unilateralmente mantener ese requisito adicional en la convocatoria, por lo que estudiaremos el asunto en profundidad con nuestros servicios jurídicos.

  • CAUSAS DE DISPENSA: como es habitual en todas las convocatorias, se ha solicitado que se amplíen los casos de dispensa. Lamentablemente, la conciliación no es un asunto lo suficientemente importante para esta Consejería y han vuelto a rechazarlo.
  • FORMACIÓN DE TRIBUNALES: se ha solicitado que las personas nombradas forzosamente Presidente/a puedan ser dispensados en la siguiente oposición (como en el caso de vocales). Lo valorarán. Respecto a la dispensa de los vocales, nos comunican que el proceder será dispensar a todo el que tenga causa y formar tribunales. Solo en caso de no tener personas suficientes, manteniendo el orden de prioridad de la convocatoria, llamarían a las personas dispensadas.
  • MEJORAS PROPUESTAS POR EL STEC:
    • Como venimos reclamando, desde el STEC consideramos que debe ser la Consejería la que debe determinar unos criterios de actuación generales de los tribunales y velar por que estos sean homogéneos, publicándolos con la suficiente antelación para que las personas opositoras tengan todas las certezas que deben tener a la hora de enfrentarse al proceso selectivo. Estos criterios de homogeneización ya existen y se aplican en CCAA como Andalucía, llegando a incluir rúbricas para la corrección de programaciones y unidades didácticas en la propia convocatoria en Galicia, o incluyendo hasta rúbricas para la corrección del Tema en Murcia.

Esta vez parece que la Administración si ha sido receptiva y se muestra dispuesta a trabajar sobre ello, pero alega no dispone de tiempo para para incluirlo en la presente convocatoria. No obstante se compromete a estudiar las fórmulas propuestas para poder publicar algo que sí pueda ser de aplicación en los procesos selectivos del 2026.

    • En la línea de asegurar la objetividad en todo lo posible del proceso (que tiene mucho margen para actuar) se ha solicitado que, en el caso concreto de Cocina y Pastelería y Servicios de Restauración, los tribunales concreten la bibliografía de referencia para la prueba práctica con antelación, ya que la diferencia entre los manuales conlleva a resoluciones de las prácticas muy dispares; se pide incluir un ISBN que pueda comprarse actualmente, que no esté descatalogado.
  • PROTECCIÓN DE DATOS:  debido a un requerimiento de la agencia de protección de datos, en adelante todos los listados solo podrán ser consultados a través de puntal por los afectados (aspirantes y tribunales).

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