Salud laboral

En el marco de la Consejería de Educación y Formación profesional, se cuenta con las siguientes figuras:

Comité de Seguridad y Salud de Centros Docentes

  • Es el órgano paritario y colegiado de participación, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la Administración Pública, en materia de prevención de riesgos.
  • El Comité́ está formado por los Delegados de Prevención, por una parte, y por los representantes de la Administración Pública, en número igual al de los Delegados de Prevención, de la otra.
  • Se reúne trimestralmente.

Delegados de Prevención

  • Son los representantes de los empleados públicos, con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales. Son designados por y entre los representantes del personal.
  • Para cualquier asunto relacionado con Salud y Prevención Laboral no dudes ponerte en contacto con nosotros en info@cantabriastec.org

Enlaces de interés

  • Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de Educantabria. | Acceder 
Principales reivindicaciones

STEC reclama medidas a la Consejería para velar por la salud de sus trabajadores

Según una encuesta que ha llevado a cabo, más de la mitad del profesorado cántabro no ha hecho siquiera un reconocimiento médico en toda su vida laboral. También preocupan otros aspectos, como la Salud Mental o la prevención de riesgos en el embarazo.

El sindicato mayoritario de la Enseñanza Pública de Cantabria ha dado una rueda de prensa para exponer las conclusiones de una encuesta realizada durante los últimos días entre el profesorado de esta Comunidad, en la que más de la mitad del profesorado consultado (56%) ha afirmado no haber recibido siquiera la propuesta de la Administración para hacerse el debido reconocimiento médico, en toda su vida laboral como docentes.

Con más de dos centenares de trabajadores consultados (45% funcionarios de carrera, 55% personal interino), la encuesta “refleja bien la realidad que el sindicato venía percibiendo en experiencia propia y las visitas informativas que realizamos por todos los centros del territorio”, explica Quino Fernández Torre.

En concreto, la media de años que han venido transcurriendo hasta que un docente de Cantabria ha recibido la notificación administrativa de que puede hacerse el reconocimiento médico, es de más de 6 años. Desde el STEC explican que esto incumple, de manera flagrante, la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, que en su artículo 22.1. establece que “el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo”. Esta normativa, posteriormente se adapta a la Administración Pública en el Real Decreto 67/2010.

La Consejería tiene que ofertar, y así lo venía llevando a cabo de forma rotatoria por los distintos centros educativos, un reconocimiento médico de carácter voluntario a los trabajadores, pero cada vez se ha ido haciendo más infrecuente, hasta el punto de suspenderse totalmente. “Esta situación, de estar más de 6 años para poder hacer un reconocimiento médico, es insostenible”, señala Quino.

En el último curso, la Administración ha retomado al menos las revisiones médicas a quienes obtienen plaza de funcionarios de carrera, pero son necesarias medidas para acelerar el ritmo, porque “con el actual tardaríamos 45 años más en atender a toda la plantilla”.

Por otro lado, la salud laboral no se limita a cuidar las condiciones físicas del trabajador, sino que también debe ocuparse del estado psicológico, conocido como el riesgo psicosocial representado en estrés laboral y patologías de salud mental;

A este respecto, el STEC entiende que son muchos los signos de alerta del deterioro de la salud mental que muestran diversos estudios e informes, de la población en general y del profesorado en particular, que ya se venían arrastrando en los últimos años y que se ha visto empeorada con la Covid-19.

Factores como la inestabilidad en el caso de las personas interinas, las altas ratios en las aulas, el aumento de los problemas de salud mental del alumnado y la falta de recursos para dar respuesta a las mismas, son algunos de los factores. Es por ello que hemos solicitado en varias ocasiones un plan de prevención y actuación que comience con un diagnóstico de la situación, que permita diseñar acciones dirigidas a reducir la prevalencia de problemas de salud mental para toda la comunidad educativa.

En este sentido, nos hemos adherido a la campaña estatal de “bienestar educativo” a través de nuestra Confederación Intersindical, en el que está representada toda la comunidad educativa y que está a la espera de respuesta de la Ministra de Educación, Pilar Alegría.

En cuanto a la situación de las mujeres embarazadas, el STEC lleva varios años planteando la necesidad de realizar un estudio de riesgos durante el embarazo  para cada puesto de trabajo. Actualmente se valora caso a caso, lo que nos parece que genera más trabajo para el servicio de prevención de riesgos y más inseguridad para las mujeres embarazadas. Somos de las pocas profesiones que no cuentan con esta valoración y no entendemos cuáles son las resistencias de esta Consejería para determinar en qué puesto y en qué semana existe riesgo para el embarazo, independientemente de la valoración de cada caso que se realice por parte del servicio de prevención de riesgos.

La Ley estatal de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa europea, establecen la necesidad de un plan estratégico en las empresas, para determinar la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a la exposición a condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en su salud y la del feto, algo que en nuestra empresa no existe a pesar de las reiteradas peticiones que hemos venido realizando. Para realizar este plan, el Ministerio realiza una guía de ayuda, en el que se detallan claramente las situaciones de riesgo para las docentes, riesgos que se pueden determinar en cada puesto laboral, ya que no es lo mismo trabajar como maestra de Educación Especial, Educación Física, Agraria o Laboratorio, que en un aula ordinaria.

Por ello, exigimos que se cumpla con la normativa, se realice el plan estratégico y se detalle en qué semana existe riesgo para cada puesto de trabajo de esta Consejería.

Revisiones médicas

El art. 22 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, establece que “el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes a su trabajo”. 

Este derecho debe garantizarlo la Consejería de Educación y Formación profesional, a través de la Sección de Salud Laboral del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en los Centros Docentes. 

Propuesta vigilancia periódica Consejería. Descargar

POR TU SALUD SÍ

Desde el STEC consideramos que las revisiones generan un registro que nos podrá ser de utilidad personal, y también general a cada uno/a de nosotros/as en un futuro, en cuatro ámbitos:

  1. Estadístico, para que la medicina sea capaz de reconocer que tipos de trastorno están más relacionados con las particularidades de la labor docente de cada una de las especialidades.
  2. Dicho control estadístico podrá contribuir a que algunas de esas enfermedades sean reconocidas como enfermedades profesionales, de cara a jubilaciones, indemnizaciones, u otras adaptaciones de nuestros puestos de trabajo.
  3. De un modo personal, la continuidad de los registros particulares de cada uno de nosotros podrá en un momento dado, servir para corroborar el padecimiento o incremento de unas dolencias producidas por el quehacer diario, o tal vez como secuela de un accidente laboral, pudiendo servir como documento de cara a un hipotético paso por un tribunal médico.
  4. Pero lo más importante, es que en muchas ocasiones está sirviendo para detectar dolencias o situaciones que desconocemos, y que se pueden ver empeorados por las condiciones de nuestro ámbito de trabajo.
Accidentes in itinere

Un Accidente in itinere es aquel que sufre el trabajador o trabajadora al ir al trabajo o al volver de este. No existe una limitación horaria.

Elementos requeridos en un accidente in itinere

  • Que se produzca en el recorrido habitual y normal desde el domicilio al lugar de trabajo y viceversa, con la finalidad principal y directa de acudir o volver de este.
  • Que se produzca dentro del tiempo que normalmente se invierta en el trayecto.
  • Que no haya habido interrupciones entre el trabajo y el accidente por otras actividades de interés personal.
  • Que el trayecto recorrido se realice en un medio de transporte habitual o normal, entendiéndose como tal el que habitualmente utilice el trabajador o trabajadora y cuando este no actúe con imprudencia grave o temeraria.

Aspectos a tener en cuenta

  • Es la parte que alega la existencia de un accidente de trabajo la que debe acreditar la relación entre este y el accidente.
  • Un accidente no es in itinere cuando se haya finalizado el trayecto o todavía no se haya iniciado (si el accidente se produce en casa antes de haber comenzado el desplazamiento o cuando ya ha llegado a casa).
  • Si el accidente se produce una vez traspasado el límite del domicilio (esto es, el piso que se habita, pero no en el edificio donde se ubica este) bajando la escalera, por ejemplo, sí es un accidente in itinere.
  • Si la residencia está en un municipio diferente al del centro de trabajo, se debe notificar a la Consejería enviando el modelo de declaración a la Dirección General de Personal y Centros Docentes.
Convivencia escolar

Unidad de Convivencia

La Unidad de Convivencia Escolar es un servicio de atención directa a las familias, alumnado y profesorado sobre cuestiones relacionadas con la convivencia escolar.

Teléfono directo y gratuito: 900 71 33 71 (atención directa de lunes a viernes de 9 a 14 horas)

Sección de Convivencia Escolar de Educantabria. | Acceder

Dirección de correo electrónico: convivencia@educantabria.es
Actuaciones en caso de violencia ejercida hacia el colectivo docente
  • Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. | Art. 316
  • Resolución de 21 de junio de 2019, por la que se aprueba el protocolo de actuación ante situaciones de violencia ejercida hacia los emplea- dos y empleadas públicas de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de Cantabria, adscritos a los centros educativos públicos no universitarios. | Descarga
  • Cualquier forma de violencia que se produzca en el entorno de trabajo que cause o pueda llegar a causar daño físico, psicológico o moral, constituyendo un riesgo psicosocial y que según el tipo de violencia se puede categorizar como (1) violencia física o (2) violencia psicológica.
  • Si sufres o has sufrido cualquier tipo de violencia en el trabajo, llámanos para que podamos asesorarte y acompañarte en las acciones que quieras emprender.
  • Comunicarlo a la dirección del centro.
  • Acudir a tu médico para que te realice la valoración médica.
  • Si quieres presentar denuncia, acudir a la comisaría con el parte médico.
  • Cualquier agresión debe ser comunicada por la dirección del centro a la inspección y al servicio de prevención de riesgos laborales.
  • Puedes elegir a quién y cómo comunicarlo:  Equipo Directivo, Inspección Educativa (docentes) o Servicio de Administración General (PAS), Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de centros docentes o delegado/a de prevención del sindicato.
  • Guarda toda la información que pueda ayudarte en el proceso.